SUPERINTENDENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA AVISO Monitoreo de la publicidad de dispositivos médicos La Superintendencia de Regulación Sanitaria (SRS), a través de la Unidad de Promoción y Publicidad (UPP), y en cumplimiento del Reglamento Técnico Salvadoreño de Dispositivos Médicos. Requisitos para la Regulación Sanitaria de Dispositivos Médicos, específicamente en lo relativo a la vigilancia de la publicidad de dichos productos, informa que: A partir de marzo de 2025, se verificará el cumplimiento estricto del referido cuerpo normativo, por lo que deberá tomarse en cuenta lo siguiente: La publicidad de los dispositivos médicos debe ser congruente con las características o especificaciones de los mismos de acuerdo a las condiciones de autorización otorgadas en el registro sanitario y en ningún caso deberá: a) Atribuirles cualidades preventivas, terapéuticas, de rehabilitación, o de otra índole, que no correspondan a su función o uso previsto por el fabricante, autorizado por la SRS, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente. b) Indicar o sugerir que el uso o consumo de un producto o la prestación de un servicio, es un factor determinante para modificar la conducta de las personas. c) Indicar o inducir a creer explícita o implícitamente que el producto cuenta con ingredientes, partes o propiedades de los cuales carezca. Ante cualquier duda al respecto, se pone a disposición el correo electrónico promocion.publicidad@srs.gob.sv y número de teléfono: 2522-5000. La Libertad, 30 de enero de 2025
