SUPERINTENDENCIA DE REGULACIÓN SANITARIA AVISO La Superintendencia de Regulación Sanitaria (SRS), les recuerda que conforme a lo establecido en el artículo 4, número 19 de la Ley de la SRS, le corresponde, a partir del 7 de agosto, realizar la vigilancia de los productos, actividades y establecimientos a los que se refiere esa normativa, por lo tanto, y mediante la Unidad de Vigilancia Sanitaria, se realizará la farmacovigilancia, cosmetovigilancia, tecnovigilancia y demás actividades que se requieran. Por lo que, cuando en el marco normativo vigente se haga referencia al Centro Nacional de Farmacovigilancia (CNFV) y al Centro Nacional de Tecnovigilancia, les corresponde su ejecución a los departamentos de farmacovigilancia, cosmetovigilancia y tecnovigilancia de la SRS y ya no a los referidos centros. Para realizar consultas y enviar notificaciones al respecto, se han habilitado los siguientes correos electrónicos: Departamento de Farmacovigilancia y Cosmetovigilancia farmacovigilancia@srs.gob.sv cosmetovigilancia@srs.gob.sv Departamento de Alimentos y Bebidas vigilancia.alimentos@srs.gob.sv Departamento de Tecnovigilancia tecnovigilancia@srs.gob.sv Ante cualquier consulta llama al 2522-5000. 15 de agosto de 2024
